Patrimonio

A los efectos de la distribución de beneficios, de la reducción obligatoria de capital social y de la disolución obligatoria por pérdidas de acuerdo con lo dispuesto en la regulación legal de las sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, se considerará patrimonio neto el importe que se califique como tal conforme a los criterios para confeccionar las cuentas anuales, incrementado en el importe del capital social suscrito no exigido, así como en el importe del nominal y de las primas de emisión o asunción del capital social suscrito que esté registrado contablemente como pasivo.

También a los citados efectos, los ajustes por cambios de valor originados en operaciones de cobertura de flujos de efectivo pendientes de imputar a la cuenta de pérdidas y ganancias no se considerarán patrimonio neto

A - P = PN

Activo - Pasivo = Patrimonio Neto

EJEMPLOS:

         Activo = 24000

         Pasivo = 8000

         Patrimonio Neto = X

         Activo       - Pasivo      = Patrimonio Neto

         24000        - 8000        = 16000

         Activo =  54550 

         Pasivo = 34600

        Patrimonio Neto = X

         Activo       - Pasivo       = Patrimonio Neto

         54550        - 34600        = 19950

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